Compensación económica

¿Sabías que existe la COMPENSACIÓN ECONÓMICA y se puede pedir aunque no estén casados?

Muchos desconocen este derecho, es uno de los beneficios que aporta tanto el Matrimonio como la Unión Convivencial.

¿Siempre se puede pedir una compensación? No, solo se puede reclamar en aquellos casos donde el divorcio o la separación generó un desequilibrio económico.

Tiene como finalidad proteger a aquellas personas que no trabajaban y dedicaban gran parte de su tiempo en el cuidado del hogar durante la relación. Con ello se intenta corregir la desigualdad en el patrimonio de ambos, existente durante la convivencia, pero que se visibiliza con la ruptura.

¿En qué consiste? En una prestación única de dinero, en pagos mensuales o entrega de bienes.

Tenes SEIS MESES desde la finalización de la unión convivencial o del dictado de la sentencia de divorcio para reclamar por la compensación.

Es importante que tengan en cuenta que si no estaban casados solo es posible reclamar la compensación si se cumplen con los requisitos de la Unión Convivencial.

Si las partes no logran ponerse de acuerdo, que es lo que ocurre en la generalidad de los casos, es el Juez quien decide si corresponde o no la compensación y en caso de proceder, decidirá el monto que deberá recibir quien reclama.

¿En base a qué pautas se fija el monto? El juez va a tener en cuenta el estado patrimonial de cada uno de ellos al inicio y a la finalización de la relación, el tiempo dedicado a la familia y crianza de menores, la capacitación laboral de quien reclama y las posibilidades que tiene de acceder a un trabajo, entre otras cosas

Si tienen dudas pueden comunicarse al 2262-643801, abogada Aylén Amado.

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